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Regularización de bases y cuotas de los autónomos

Anteriormente estuvimos hablando sobre este tema, en el post “Regularización de cuotas de autónomos”, en el cual te explicamos de qué tratan y cómo proceder e incluimos la tabla con los tramos de las bases de cotización de autónomos para el ejercicio 2025. Puedes echarle un vistazo a ese post para contextualizarte con mayor claridad y tener una orientación estimada sobre tu regularización de dicho ejercicio que se aplicará posterior a la próxima Declaración de la Renta. ¿Cómo?

Revisa las cuotas pagadas mensualmente y compara el tramo correspondiente con el importe total de lo que facturaste.

Pero vamos paso a paso y con calma, ya que en este post queremos contarte en qué punto se encuentran las regularizaciones de cuotas de autónomos actualmente. Ya a posteriori podrás hacer esa revisión que te sugerimos.

Tras recibir el comunicado oficial de la Dirección provincial en las Islas Baleares de la Tesorería de la Seguridad Social, te contamos que ya se han puesto al día, están gestionando las regularizaciones del 2024 desde enero de 2026, habiendo empezado la primera fase el 7 de enero, en la cual se incluyó a los autónomos que pagaron de más en 2024 (según sus ingresos reales). Si es tu caso, puedes elegir quedarte con esa base más alta, aunque factures menos, siempre que no supere la que tenías a finales de 2022.

La segunda fase se inició el 19 de enero; a partir de este día, se enviaron las notificaciones a todos los autónomos que se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • T1: Si tienes todo en regla.  
  • T2: Si ganaste más de lo previsto y tienes que pagar la diferencia.
  • T3: Si ganaste menos y te sale a devolver.
  • T5: Si no presentaste la Renta o no declaraste tus ingresos.
  • T6: Si no tienes nada que ajustar de 2023.

Todo el proceso debería estar terminado, como tarde, en marzo. Para cualquier duda, un Gestor Administrativo colegiado puede ayudarte a ajustar tus cuotas para que los ejercicios futuros la notificación que recibas sea ¡la T1!. Y, por supuesto, cumplir con los plazos para obtener beneficios fiscales en vez de complicaciones por cosas tan sencillas como una fecha desinformada u otras más complejas como los tecnicismos de la Seguridad Social, los cuales omites en el proceso burocrático por desconocimiento. Hablando de fechas, aquí te dejamos las importantes en cuanto a estas regularizaciones.

Plazos a tener en cuenta:

  • Podrás mantener una base de importe superior a la determinada por los rendimientos percibidos hasta el 28 de febrero de 2026.
  • En el caso de que el resultado te salga a pagar y te hayan notificado en enero, tienes tiempo hasta el 28 de febrero de 2026.
  • En el caso de que el resultado te salga a pagar y te hayan notificado en febrero, tienes tiempo hasta el 31 de marzo de 2026.

Recuerda estar muy atento a tu correo electrónico o tu buzón postal (dependiendo del tipo de notificaciones que tengas en la Seguridad Social) durante estos días. Si no has recibido nada antes del 28 de febrero, puedes consultar con un gA para que analice tu caso particular y el por qué. Aquí te dejamos el enlace que te dirigirá al buscador oficial de gestores administrativos, pudiendo filtrar por especialidad y/o ubicación: https://registro.consejogestores.org/

Estamos aquí para apoyarte en tu fiscalidad y alivianarte las cargas tributarias a través del camino más idóneo.

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