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Se prorroga la ayuda: Rebaja temporal de hidrocarburos e IVA

Qué cambia y por qué conviene revisarlo

 

Si tienes una empresa, trabajas con transporte, usas vehículos profesionales o gestionas costes energéticos, esta medida te interesa más de lo que parece. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, introduce una rebaja temporal en determinados tipos impositivos vinculados a productos energéticos y aprueba ayudas extraordinarias para algunos sectores.

A continuación, no hablaremos solo sobre “la devolución del combustible”. Te mencionaremos: 

  • Devoluciones parciales.
  • Ayudas compatibles o no, según el caso.
  • Trámites que conviene revisar bien para no perder dinero por una mala interpretación.

 

 

Qué cambia desde el 22 de marzo de 2026

 

El Real Decreto-ley reduce algunos tipos del Impuesto sobre Hidrocarburos hasta el nivel mínimo permitido por la Directiva 2003/96/CE. La medida tiene efectos desde el 22 de marzo de 2026 y vigencia hasta el 30 de junio de 2026. Eso sí, las reducciones previstas para junio quedan condicionadas a la evolución del IPC de los productos afectados.

Además, el siguiente cartel oficial de Hacienda resume de forma muy visual la comparativa entre los tipos aplicables hasta el 21 de marzo de 2026 y los aplicables desde el 22 de marzo de 2026 para gasolina 98, gasolina 95, diésel y gasóleo B.

También recoge la rebaja del IVA del 21% al 10% para este periodo de tiempo.

Fuente: cartel oficial del Ministerio de Hacienda, página única.

 

Guárdate este cartel como una pequeña chuleta práctica: te permite identificar rápidamente qué productos bajan, desde cuándo se aplica la rebaja y cuál es la diferencia respecto al tipo anterior. Pero ¡ojo! El cartel ayuda a entender el cambio, mas no sustituye la revisión técnica de cada caso.

 

 

Los detalles que no se ven a simple vista

 

No confundas “rebaja general”, “devolución parcial” y “ayuda extraordinaria”. La devolución parcial por gasóleo profesional no incluye a cualquier vehículo de empresa; se reserva, entre otros, a vehículos de transporte de mercancías de al menos 7,5 toneladas, vehículos de transporte de pasajeros M2 o M3 y taxis, siempre que cumplan los requisitos administrativos.

Por ejemplo, la ayuda para titulares de taxi, destinado al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provisto de aparato taxímetro, con derecho a devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos se aplica a suministros de gasóleo realizados entre el 22 de marzo y el 30 de junio de 2026, con un importe de 20 céntimos por litro.

No te preocupes si no puedes beneficiarte de la devolución parcial por el tipo de vehículo que usas para tu empresa o actividad, aquí va la buena noticia para ti:

También el RDL prevé una ayuda para profesionales del transporte terrestre por carretera que, respecto de determinados vehículos, no pueden beneficiarse de esa devolución. En este caso, el importe depende del número y tipo de vehículo, y la solicitud podrá presentarse en el mismo plazo que la devolución parcial antes mencionada.

 

¿Se tiene en cuenta la actividad económica que ejerces?

 

Sí. Por ejemplo; si eres un productor agrario, la ayuda será de 20 céntimos por litro de gasóleo adquirido, siendo destinado exclusivamente al uso agrario, y se considera solicitada con la presentación de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo agrícola y ganadero.

Como has podido ver con los casos planteados, cada uno tiene sus condicionamientos, he ahí la importancia de este tip técnico que conviene que tengas claro: antes de tramitar o dar por hecho una ayuda, hay que revisar si el caso entra por devolución parcial, por ayuda extraordinaria específica o por solicitud vinculada a otro procedimiento.

Estas medidas a veces tienen apariencia sencilla, pero su aplicación práctica no lo es tanto. Hay plazos distintos, requisitos según actividad, vehículos que pueden quedar dentro o fuera y ayudas que no se solicitan igual.

Un Gestor Administrativo colegiado puede ayudarte a interpretar correctamente la norma, revisar si tienes derecho a devolución o ayuda y evitar errores de plazo o de procedimiento.

 

Desde el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Baleares recordamos la importancia de acudir a profesionales colegiados para aplicar estas medidas con seguridad, criterio técnico y respaldo profesional. Entrando a este enlace puedes encontrar respuesta a todas tus dudas con un especialista.

 

 

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